jueves, 20 de noviembre de 2008

Recibos por Honorarios Electrónico (preguntas frecuentes de la web sunat)

¿Es un nuevo tipo de comprobante de pago el Recibo por Honorario Electrónico?
No es un nuevo comprobante de pago, sino un mecanismo de emisión electrónica de sus Recibos por Honorarios.
¿Qué ventajas ofrece el Recibo por Honorarios Electrónico?
No requiere solicitar autorización de impresión de comprobantes de pago.
No más gastos de impresión de sus comprobantes
Ya no tendrá que llevar el Libro de Ingresos y Gastos en forma físico, sino que se le brindan herramientas para ser llevado en forma electrónica.
Puede enviar su Recibo por Honorarios por correo electrónico.
Puede realizar consultas de sus recibos emitidos por fecha, rangos de numeración y destinatarios.
¿Cualquiera puede emitirlos?
Sólo aquellos que previamente se hubieran afiliado al Sistema de Emisión Electrónica (SEE) desarrollado y aprobado por la SUNAT. La afiliación es opcional y voluntaria, pero debe tener en cuenta que una vez ingresado al sistema no podrá desafiliarse.
¿Qué hago con los recibos por honorarios físicos que tengo en stock y aún no he utilizado?
Si lo desea podrá seguir usándolos a condición que los registre en el Sistema de Emisión Electrónica.
¿Cualquiera puede afiliarse al Sistema de Emisión Electrónica ?
No. Sólo aquellos que cuenten con su Clave SOL y cumplan previamente las siguientes condiciones:
Estar inscritos en el RUC y que su domicilio fiscal se encuentre en condición de habido.
El estado de su RUC no se encuentre en suspensión temporal de actividades o baja de inscripción.
Estar afecto al Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría en su RUC.
¿Qué debe hacer para afiliarse al SEE?
Ingrese con su Clave SOL, ubique el SEE, seleccione la opción para visualizar el documento virtual denominado "AFILIACION AL SISTEMA DE EMISION ELECTRONICA (SEE)" el cual contiene los términos bajo los cuales procedería su incorporación al sistema.
Una vez leído cada uno de los términos del documento de afiliación, y en caso decida afiliarse, deberá manifestar su voluntad de hacerlo siguiendo los pasos que el sistema le exigirá para el efecto.

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